SANEAMIENTO CONTABLE
SANEAMIENTO CONTABLE

De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 29608 se regula la obligatoriedad de las entidades del sector público de ejecutar las gestiones administrativas y contables necesarias para depurar la información contable inconsistente, de manera que, en los estados financieros se revele en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de las entidades públicas.

Para el efecto, deberá establecerse la existencia real de bienes, derechos y obligaciones, que afectan al patrimonio público depurando y castigando los valores que presentan un estado de cobranza o pago incierto, para proceder, si fuera el caso de su eliminación o incorporación de conformidad con los lineamientos de la ley antes citada.

Del mismo modo aplica para el sector privado de conformidad a las Normas Internacionales de Contabilidad NIC y Normas Internacionales de Información Financiera NIIF, entre otras, normas complementarias.

Por lo tanto, los objetivos del proceso del saneamiento contable son:

  1. Presentar la información financiera de manera razonable y transparente.
  2. Establecer la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afecten a la entidad.
  3. Reunir la información y documentación suficiente y competente que acredite la realidad y existencia de las operaciones para depurar los saldos contables.
  4. Depurar y sanear las cuentas de los estados financieros o la información contable mediante la eliminación e incorporación de las cuentas.
  5. Identificar los bienes de su propiedad y los que se encuentran bajo su administración.
  6. Aprobar los actos de saneamiento, adquisición y administración de sus bienes, organizando los expedientes sustentatorios correspondientes, procurando el mejor aprovechamiento económico y social de los mismos.
  7. Contratar pólizas de seguros para los bienes de su propiedad y los que se encuentren bajo su administración.
  8. Aprobar el alta y la baja de sus bienes.